Ley Nº 15051

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 15051

LEY N 15051

Autorizando se invierta la suma de S'o. 5’000,000.00 en la construcción

A

y equipamiento del Colegio Nacional de Mujeres “Nuestra Señora de Co-charcas”, de la ciudad de Huancayo.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

Ei Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Autorízase al Ministerio de Educación Pública, a invertir la suma de Cinco Millones de Soles Oro (Sj. 5’000,000.00), con cargo a la Partida del Sub-Pliego IH —Operación Infraestructurales, Programa Primero-Construcción y Equipamiento de Locales Escolares Partida 3.0.0., Obras por Contrata—Ministerio de Educación Pública del Presupuesto del Gobierno Central, en la adquisición de terreno, construcción y equipamiento del local destinado a!

funcionamiento del Colegio Nacional de Mujeres “Nuestra Señora de Co-charcas”, de la ciudad de Huanca-yo.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los tres días del mes de Junio de mil novecientos sesenticuatro.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente de! Senado.

FERNANDO LEON DE VIVERO,

Presidente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MALPICA, Senador Secretario.

LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

Francisco Miró Quesada Cantuarias.

(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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