Ley Nº 15007

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 15007

LEY N9 15007

Elevando a la categoría de Politécnicos Nacionales, el Instituto Nacional Industrial Experimental N°. 5 de Mujeres y el Instituto Nacional Industrial “Canadá” de Yarones, de la Provincia

del Callao.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO I9.—Elévase a la categoría de Politécnicos Nacionales, el Instituto Nacional Industrial Experimental N9 5 de Mujeres y e! Instituto Nacional Industrial “Cañada” de Varones, que funcionan en la Provincia Constitucional del Callao.

ARTICULO 29.—Los citados Politécnicos, tendrán la estructura y organización previstas en el Pían de Organización de la Educación Técnica, Para los planteles que se dedican a la enseñanza de las actividades y especialidades de carDintería de ribera, calafateo, diseño, motores marinos, dibujo, electrónica, radio, electricidad y, en general, todo lo relacionado con el desarrollo industrial aplicable al Callao.

ARTICULO 3o.—Los Politécnicos mencionados deberán disponer de talleres adecuados y del material necesario para sus prácticas.

ARTICULO 49.—Consígnese en el Presupuesto Funcional del Gobierno Central, las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los nueve días del mes de Abril de mil novecientos sesenticuatro.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MALPICA, Senador Secretario.

JUAN JOSE NUÑEZ SARDA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de Abril de mil novecientos sesenta y cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

Francisco Miré Quesada Cantuarias.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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