Ley Nº 14964

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Número: 14964


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14964

Dios guarde a Ud.

RESOLUCION LEGISLATIVA

N 14964

Aumentando con el carácter de intransferible, a S|. 6,000.00 la pensión de Montepío que disfruta doña Del-

mira Koster Vargas.

Lima, 13 de Marzo de 1964. Señor:

El Congreso, en vista de la iniciativa del Poder Ejecutivo, formulada de acuerdo con la atribución que le confiere el artículo 120° de la Constitución Política del Estado, y teniendo en cuenta los eminentes servicios prestados a la Nación por el que fue Vocal Jubilado de la Corte Suprema de Justicia de la República, doctor Angel Gustavo Cornejo, ha resuelto aumentar, con el carácter de intransferible, a seis mil soles oro mensuales, la pensión de Montepío que disfruta su viuda doña Delmira Koster Vargas.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

FERNANDO LEON DE VIVERO,

Presidente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MALPICA, Senador Secretario.

JUAN JOSE NUÑEZ SARDA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Lima, 13 de Marzo de 1964.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

Emilio Llosa Ricketts.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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