Ley Nº 14786

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 14786

LEY N9 14786

Creando un Colegio Nacional Mixto de Educación Secundaria, en 'a ciudad de Bagua Grande, que se denominará “Alonso de Alvarado”.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

E! Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA,

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO I9.—Créase un Colegio Nacional Mixto de Educación Secundaria, en la ciudad de Bagua Grande, de la Provincia de Bagua, del Departamento de Amazonas, que se denominará “Alonso de Alvarado”.

ARTICULO 2o.—El plantel que se

crea funcionará inicialmente con el ciclo básico, y se impartirá educación secundaria común.

ARTICULO 39.—Consígnese en el Presupuesto Funcional de! Gobierno Central, ¡as partidas necesarias para su instalación y funcionamiento.

ARTICULO 49.—El Ministerio de Educación Pública queda encargado de! cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo! para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los ocho días de! mes de enero de mil novecientos sesenta y cuatro.

JULIO DE LA PIEDRA, Presidente del Senado.

FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente de la Cámara de Diputados.

CARLOS MALPICA, Senador Secretario.

LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario.

A! señor Presidente Constitucional

de la ReDÚblica.

*

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero de mil novecientos sesenta y cuatro.

FERNANDO BELAUNDE TERRY.

Francisco Miró Quesada Cantuarias



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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