Tipo de Norma: Ley
Número: 14723
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14723LEY N°. 14723.
Destinando para la construcción del local de la Gran Unidad Escolar “Elvira García y García”, un terreno de propiedad fiscal, en la “Urbanización
Azcona”.
FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente del Congreso.
POR CUANTO:
Ei Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1 9.—Destínase, para la construcción del local de la Gran Unidad Escolar de Mujeres “Elvira García y García”, el terreno de propiedad fiscal constituido por el lote N°. 5 de la Manzana 1 1 -A del Plano de la “Urbanización Azcona”, situado entre las Avenidas del Río, Genera! Varela, Colombia y Mama Odio del Distrito de Pueblo Libre, de la Provincia de Lima.
ARTICULO 29.—Mientras se construye el local a que se refiere el artículo anterior, la Gran Unidad Escolar “Elvira García y García” utilizará las construcciones, también de propiedad fiscal, existentes sobre parte del terreno citado, para el funcionamiento de un Añexo que permita la descongestión del local que ocupa actualmente.
ARTICULO 39.—Los Ministerios de Hacienda y Comercio y de Educación Pública quedan encargados del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los treintiún días del mes de marzo de mil novecientos sesenti-uno.
ALBERTO CHAPARRO MELEN-
DEZ, Primer Vice-Presidente del Senado.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE,
Presidente de la Cámara de Diputados.
EDUARDO BATTIFORA VILLA,
Senador Secretario.
JUVENAL PEZO BENAVENTE, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
No habiendo sido promulgada oportunamente por el Poder Ejecutivo, en observancia de lo dispuesto en el artículo 129° de la Constirución, mando se publique y se comunique al Ministerio de Educación Pública, para su cumplimiento.
Casa del Congreso, en Lima, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos sesentitrés.
FERNANDO LEON DE VIVERO, Presidente del Congreso.
GUSTAVO E. LANATTA L., Senador Secretario del Congreso.
LUIS F. RODRIGUEZ, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 23 de Noviembre de 1963.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese,
publíquese y archívese.
Francisco Miró Quesada C,
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.