Tipo de Norma: Ley
Número: 14557
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14557DECRETO-LEY N9 14557
Facultando a la Pontificia Univer. sidad Católica del Perú para concertar financiación de proyectos con las instituciones de créditos internacionales.
EL PRESIDENTE DE DA JUNTA DE GOBIERNO.
POR CUANTO:
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, la promoción de la educación en sus diversos planos y formas, y de la Universidad en particular es necesidad primordial del desarrollo económico y del progreso social del país;
Que, la Pontificia Universidad Católica del Perú es autónoma y tiene carácter de Universidad Nacional en mérito de la función educativa de interés general que realiza, conferido por la Ley 11003 y ratificado por la Ley Universitaria vigente 13417;
Que, para el mejor cumplimiento de su función es conveniente declarar que ella puede gestionar y contratar directamente acuerdos financieros y educacionales con entidades que no sean nacionales:
En uso de las facultades de que está investida:
HA DADO EL DECRETO - LEY SIGUIENTE:
ARTICULO UNICO.—La Pontificia Universidad Católica del Ferú podrá concertar y llevar a efecto acuerdos de financiación de proyectos con las instituciones de créditos internacional y con las nacionales de otros países destinados al cumplimiento de sus fines institucionales.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de Julio de mil novecientos sesentitres-
General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.
Vice-Almirante, JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente de
la Junta de Gobierno y Ministro de Marina.
Teniente General, PEDRO VARGAS PRADA, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante, LUIS EDGARDO LLOSA G. P., Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada, GERMAN PAGADOR BLONDET, Ministro de Gobierno y Policía.
General de División, JUAN ORRE GO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada, AUGUSTO VALDEZ OVIEDO, Ministro de Hacienda y Comercio.
General de Brigada, MAXIMO VERASTEGUI IZURTETA, Ministro de Fomento y Obras Públicas.
Vice-Almirante F R A N K L I N PEASE OLIVERA, Ministro de Edu-cación Pública.
General de Brigada, VICTOR SOLANO CASTRO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
Mayor General, ALFONSO TE-RAN BRAMBILLA, Ministro de Agricultura.
Mavor General, JOSE GAGLIAR-DI SCHIAFFINO, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.
POR TANTO:
Mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento-
Lima, 11 de Julio de 1963.
NICOLAS LINDLEY LOPEZ
JUAN FRANCISCO TORRES MATOS.
PEDRO VARGAS PRADA
Franklin Pease Olivera Ausrusto Vaklez Oviedo
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.