Ley Nº 14518

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 14518

LEY

DECRETO-LEY W 14518

Aprobando la afiliación del Perú a la Organziación Internacional de Policía Criminal*

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.

POR CUANTO:

La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA DE GOBIERNO. CONSIDERANDO:

Que la XXXIa. Asamblea General de la Organización Internacional de Policía Criminal, celebrada en Madrid, del 19 al 26 de setiembre de 1962, aprobó por unanimidad la solicitud de ingreso del Perú a dicho Organismo ;

Que es conveniente a los intereses nacionales la afiliación del Perú al citado Organismo;

Que la Junta de Gobierno en uso de las facultades de que está investida;

HA DADO EL DECRETO SIGUIENTE:

ARTICULO UNICO.—Apruébase la afiliación del Perú a la Organización Internacional de Policía Criminal, designando como miembro a la Policía de Investigaciones del Perú.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de junio de mil novecientos sesentitres.

General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.

Vice - Almirante JUAN FRANCIS CO TORRES MATOS, Presidente de

la Junta de Gobierno y Ministro de Marina.

Teniente General PEDRO VARGAS PRADA, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica.

Vice - Almirante LUIS EDGARDO LLOSA, G. P., Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada GERMAN PAGADOR BLONDET, Ministro de Gobierno y Policía.

General de División JUAN ORRE-GO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.

General de Brigada AUGUSTO VALDEZ OVIEDO, Ministro de Hacienda y Comercio.

General de Brigada MAXIMO VE-RASTEGUI IZURIETA, Ministro de

Fomento y Obras Públicas

Vice-Almirante FRANKLIN PEA-SE OLIVERA, Ministro de Educación Pública.

General de Brigada VICTOR SOLANO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Mayor General JOSE GAGLIARDI SCHIAFFIN O, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas, Encargado de la Cartera de Agricultura.

POR TANTO:

Mando se imprima, publique, circule y se le de el debido cumplimiento. Lima, 14 de Junio de 1963.

NICOLAS LINDLEY LOPEZ JUAN FRANCISCO TORRES MATOS

PEDRO VARGAS PRADA PEIRANO

Luis Edgardo Llosa G. P.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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