Ley Nº 14508

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 14508

DECRETO-LEY N< 14508

Dándole personería jurídica a la Junta de Asistencia Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.

POR CUANTO

La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:

LA JUNTA DE GOBIERNO.

CONSIDERANDO:

Que es conveniente que la Junta de Asistencia Nacional adquiera Personería Jurídica que le permita promover obras de Asistencia Social y cooperar en las actividades que realiza el Estado con dicho propósito.

En uso de las facultades de que

está investida;

HA DADO EL DECRETO - LEY SIGUIENTE:

ARTICULO l9—La Junta de Asistencia Nacional es una Institución con personería jurídica que tiene como finalidad realizar obras de asistencia social con arreglo a las pautas señaladas en la Ley N 12686. La Junta de Asistencia Nacional regirá sus actividades con sujeción a los Estatutos que se aprueben mediante Decreto-Supremo y en los que se señalarán las instituciones que quedarán incorporadas a dicha Junta.

ARTICULO 2^.—El Ministerio de

Salud Pública y Asistencia Social, dentro del plazo máximo de 30 días, someterá para su aprobación el proyecto de Estatutos a que se refiere el artículo anterior.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los catorce días del mes de junio de mil novecientos sesentitres.

General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.

Viee - Almirante JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Marina.

Teniente General PEDRO VARGAS PRADA, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica*

Viee - Almirante LUIS EDGARDO LLOSA G. P., Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada GERMAN PAGADOR BLONDET, Ministro de Gobierno y Policía.

General de División JUAN ORRE-GO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.

General de Brigada AUGUSTO VALDEZ OVIEDO, Ministro de Ha cienda y Comercio.

General de Brigada MAXIMO VE-RASTEGUI IZURIETA, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Viee - Almirante FRANKLIN PEASE OLIVERA, Ministro de Educación Pública.

General de Brigada VICTOR SOLANO CASTRO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Mayor General ALFONSO TERAN BRAMBILLA, Ministro de Agricultura.

Mayor General JOSE GAGLIARDI SCHIAFFINO, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.

POR TANTO:

Mando se imprima, publique, circule

y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 14 de Junio de 1963.

NICOLAS LINDLEY LOPEZ

JUAN FRANCISCO TORRES MATOS

PEDRO VARGAS PRADA PEIRANO.

Víctor Solano Castro.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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