Tipo de Norma: Ley
Número: 14219
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14219DECRETO-LEY N° 14219
Disponiando que las cantidades destinadas al pago de dividendos en la apuesta denominada “Vale Triple'’, estarán afectas a un descuento del 5%, que constituirá, renta de la “Junta de Asistencia Nacional".
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO POR CUANTO:
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO: CONSIDERANDO:
Que es necesario proveer de rentas adecuadas a la Junta de Asis-
tencia Nacional para que pueda
cumplir las altas finalidades de bien soeial a que sus actividades están destinadas; y,
En uso de las facultades de que está investida;
HA DADO EL DECRETO-LEY
SIGUIENTE:
ARTICULO 1°—Las cantidades destinadas al pago de dividendos eu la apuesta denominada “Vale
Triple” que promueve el Jockey Club del Perú, estarán afectas a un descuento del cinco por ciento (5%), que constituirá, en su integridad, renta de la Junta de Asistencia Nacional.
ARTICULO 2^—El Jockey Club del Perú efectuará el descuento a que se refiere el artículo anterior; y, dentro de las cuarentiocho (48) horas siguientes a cada reunión hípica, entregará su importe a la Caja de Depósitos y Consignaciones —Oficina Matriz—, que lo abonará en una Cuenta Administrativa denominada “JUNTA DE ASISTEN.
CIA NACIONAL - DECRETO-LEY N* 14219”.
ARTICULO 2o-—Contra (a Cuenta Administrativa, a que se refiere el articulo anterior, girará el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, poniendo los fondos a disposición, exclusivamente, de la Junta de Asistencia Nacional.
ARTICULO 49—Derogúese todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto-Ley.
Dado en la Gasa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos
sesentidós.
General de División RICARDO
PEREZ GQDOY, Presidente de la Junta de Gobierno.
General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Ministro de Guerra.
Vice-Almirante JUAN FRANCISCO TORRES MATOS,, Ministra de Marina.
Mayor General PEDRO VARGAS PRADA PEIRANO, Ministro de Aeronáutica;
General de Brigada GERMANPAGADOR BLONDET, Ministro de Gobierno y Policía.
Vice-Almirante LUIS EDGARDO LLOSA, Ministro de Relaciones Exteriores.
Vice-Almirante FRANKLIN PEA-SE OLIVERA, Ministro de Educación Pública,
General de Brigada VICTOR SOLANO CASTRO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
General de Brigada JUAN ORRE-GO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada MAXIMO VERASTEGUI IZURIETA. Ministro de Fomento y Obras Públicas, Encargado de la Cartera de Hacienda y Comercio.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.