Tipo de Norma: Ley
Número: 14218
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14218DECRETO-LEY N9 14218
Disponiendo que los empleados n obreros despedidos dentro del período de prueba de tres meses, percibirán, Un dozavo de sn remuneración mensual por cada mes de labor.
EL PRESIDENTE DE LA JUN TA DE GOBIERNO POR CUANTO:
La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley:
LA JUNTA DE GOBIERNO CONSIDERANDO:
Que ia falta de normas sobre el período de prueba de tres meses, viene originando conflictos laborales que es necesario remover;
En uso de la facultad de que está investida;
Ha dado el siguiente Decreto-Ley:
ARTICULO l9—Los empleados u obreros despedidos dentro del período de prueba de tres meses, percibirán por concepto de compensación por tiempo de servicios, un dozavo de su remuneración mensual por cada mes de labor.
ARTICULO 29—El «empleado u obrero que continúe prestando servicios después del período indicado, gozará del régimen indemniza-torio y compensatorio que las respectivas leyes les acuerdan, a partir del primer día de su ingreso al trabajo.
ARTICULO 3-—Están exonerados del período de prueba los empleados u obreros que ingresen al servicio de un empleador por concurso, examen de conocimiento o de aptitud, así como los que rein-gresen al servicio.
ARTICULO 49—Quedan vigentes las disposiciones que no se opongan al presente Dccrcto-Ley.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos sesentidós.
General de División RICARDO PEREZ GODOY, Presidente de la Junta de Gobierno.
General de División NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.
Vice-Almirante JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Marina.
Mayor General PEDRO VARGAS PRADA, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica.
Vice-Almirante LUIS EDGARDO LLOSA G. P.» Ministro de Relaciones Exteriores.
General de Brigada GERMAN PAGADOR BLONDET, Ministro de Gobierno y Policía,
General de Brigada JUAN ORRE-GO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.
General de Brigada MAXIMO VERASTEGUI IZURIETA, Ministro de Fomento y Obras Públicas, Encargado de la Cartera de Hacienda y Comercio.
Vice-Almirante FRANKLIN PEA-SE OLIVERA, Ministro de Educación Pública.
General de Brigada VICTOR SOLANO CASTRO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.
Mayor General JESUS MELGAR ESCUTL Ministro de Agricultura.
Mayor General JOSE GAGLIAR-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.