Ley Nº 14206

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 14206

DECRETO-LEY N< 14206

Derogándese las leyes Nos. 4924 y

5197.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.

POR CUANTO:

La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley.

LA JUNTA DE GOBIERNO.

CONSIDERANDO:

Que la Tabla de Términos de Distancia es un instrumento al servicio de la administración de justicia para regular el prudente uso de los plazos legales en la actuación de las pruebas y otros actos judiciales, la que, para llenar debidamente su función debe ser sometida periódicamente a revisión, para adaptarla a las circunstancias variables que provienen del progreso de los medios de comunicación, conforme lo dispone el artículo 1819 del Código de Procedimientos Civiles;

Que el actual Cuadro de Términos de Distancia por su ostensible atraso y el sistema adoptado para formularlo de acuerdo con las Leyes Nos. 4924 y 5197, no cumple debidamente su función, por lo que es necesario remplazarlo con otro que se adapte a la realidad.

Que la Corte Suprema de Justicia de la República ha solicitado del Congreso Nacional, con este fin, que se deroguen las mencionadas

leyes y se restablezca el imperio

del artículo 1819 del Código de Procedimientos Civiles; y

En uso de las facultades de que está investida;

HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE;

ARTICULO UNICO.— Derógan-se las leyes Números 4924 y 5197, restableciéndose en todo su vigor el Artículo 1819 del Código de Procer dimientos Civiles.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de Setiembre de mil novecientos sesentidos.

General de División, RICARDO PEREZ GODOY, Presidente de la Junta de Gobierno.

General de División, NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.

Vice-Almirante, JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Marina.

Mayor General, PEDRO VARGAS PRADA, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica

Vice-Almirante* LUIS EDGARDO LLOSA G. P., Ministro de Relaciones Exteriores.

General de Brigada, JUAN BO-SSIO COLLAS, Ministro de Gobierno y Policía.

General de Brigada JUAN ORBE-GO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.

General de Brigada, AUGUSTO VALDEZ OVIEDO, Ministro de Hacienda y Comercio.

General de Brigada, MAXIMO VERASTEGUI IZURIETA, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Vice-Almirante, FRANKLIN PEA-SE OI JVERA, Ministro de Educación Pública.

General de Brigada, VICTOR SOLANO CASTRO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

Mayor General, JESUS MELGAR ESCUTI, Ministro de Agricultura.

Mayor General, JOSE GAGLIARDI SCHIAFFINO, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.

POR TANTO:

Mando se imprima, publique,

cicule y se le dé ei debido cumplimiento.

Lima, 17 de setiembre de 1962.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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