Ley Nº 14194

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 14194

DECRETO-LEY NQ 14194

Transfiriéndose a la Partida N 1173 del Pliego de Educación todos los saldos de libre disposición de las Partidas N 1174 a la 1226.

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE GOBIERNO.

POR CUANTO:

La Junta de Gobierno ha dado el siguiente Decreto-Ley;

LA JUNTA DE GOBIERNO.

CONSIDERANDO:

Que es de urgente necesidad llevar a cabo la construcción de aulas a fin de atender a la numerosa población escolar de la República que carece de ellas; y

Habiéndose consignado en el Capítulo Vi-Inversiones del Pliego de Educación del Presupuesto General de la República partidas específicas para obras en determinados lugares del País, muchas de las cuales no son indispensables; y

En uso de las facultades de que está investida.

HA DADO EL DECRETO-LEY SIGUIENTE:

ARTICULO 1— Transfiérase a la Partida N9 1173 del Pliego de Educación del Presupuesto General de la República en vigencia, todos los saldos de libre disposición de las Partidas N° 1174 a la 1226.

ARTICULO 2^— Aquellas obras de indispensable ejecución consideradas en las partidas que se transfieren por el presente Decreto-Ley, se llevarán a cabo con los recursos de la Partida N< 1173, que a partir de la fecha será destinada a la Construcción de Locales Escolares en toda la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de agosto de mil novecientos sesen-

tidós.

General de División, RICARDO PEREZ GODOY, Presidente de la Junta de Gobierno.

General de División, NICOLAS LINDLEY LOPEZ, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Guerra.

Vice-Almirante, JUAN FRANCISCO TORRES MATOS, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Marina.

Mayor General, PEDRO VARGAS PRADA, Presidente de la Junta de Gobierno y Ministro de Aeronáutica.

General de Brigada, JUAN BO-SSIO COLLAS, Ministro de Gobierno y Policía.

Vice-Almirante, LUIS EDGARDO

LLOSA G. P., Ministro de Relaciones Exteriores.

Vice-Almirante, FRANKLIN PEASE OLIVERA, Ministro de Educación Pública.

General de Brigada, AUGUSTO

VALDEZ OVIEDO, Ministro de Hacienda y Comercio.

General de Brigada, MAXIMO VERASTEGUI IZURIETA, Ministro de Fomento y Obras Públicas.

Mayor General, JOSE GAGLIAR-DI SCHIAFFINO, Ministro de Trabajo y Asuntos Indígenas.

General de Brigada, VICTOR SOLANO CASTRO, Ministro de Salud Pública y Asistencia Social.

General de Brigada, JUAN ORRE-GO AGUINAGA, Ministro de Justicia y Culto.

Mayor General, JESUS MELGAR ESCUTI, Ministro de Agricultura.

POR TANTO:

Mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.

Lima, 27 de agosto de 1962.

RICARDO PEREZ GODOY NICOLAS LINDLEY LOPEZ JUAN FRANCISCO TORRES MATOS.

PEDRO VARGAS PRADA.

Augustó Valdez Oviedo



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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