Ley Nº 1416

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Tipo de Norma: Ley

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 01416

Res. Leg. X 1416

Pensión de montepío á doña María Matilde

Valdizan

Lima, 28 de setiembre de 1911.

Excmo. señor:

El Congreso en, vista de la solicitud de doña María Matilde Valdizan, ha resuel to declarar que le corresponde el goce de la mitad de la pensión de montepío dejada por su padre el teniente coronel don Francisco Valdizan.

Lo comunicamos á V. E. para su conocimiento y demás fines.—Dios guarde á V. E.—Agustín Tovau, Presidente del Senado.— Roberto E. Leguía, Diputado Presidente.—Pedro Rojas Loayza, Senador Secretario.— Arturo Rubio, Diputado Secretario.

Al Excmo. Sr. Presidente de la República.

Lima, 30 de setiembre de 1011.

Cúmplase, regístrese, comuniqúese pu-blíquese y archívese.—Rúbrica de S. E.— La Torre.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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