Ley Nº 14153

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 14153

Tipo de Norma: Ley

Número: 14153


Visualización de la norma: Ley 14153



Descargar Ley 14153 en PDF -

documento PDF

 14153

LEY No. 14153

Creando el Distrito de San Miguel de Ma-yocc, en la Provincia de Tayacaja. Depar-

ento de Huancavélica.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA .

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO RE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO lo.— Créase el Distrito de San Miguel de Mayocc en la Provincia de Tayacaja, del Departamento de Huanca vélica, cuya capital será el pueblo de Mayocc.

pdr el Sur, continúa la línea por Cci-llamarca, Huanayaco y Ccasibamba, hasta el cruce del camino carretero a Parisa; y por el Oeste, del cruce del camino carretero a Parisa, sigue a Tac-cas-Apayac y Aya-Orcco, cruza el río Mantaro y sigue por Urpay-puquio, An-capa-Huachanac, atraviesa la Carretera Central Mayocc-Ayacucho y continúa por Asno Cancha y Vilcamarca, hasta Osanacocc-Orcco, lugar donde comenzó

esta delimitación.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiocho días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidós.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

ARTICULO 2o.—El Distrito que se crea por esta ley, estará integrado por los caseríos de Santa Rosa de Cara-

w

nace, Pueblo Nuevo, San Antonio de Yalas y Siccllo.

ARTICULO 3o.—Los límites de este nuevo Distrito serán los siguientes: por el Norte, una línea que partiendo del cerro Osanacocc-Orcco, cruza el camino que va a Locroja, pasa por Cotana Corral, Ccagarume, Uchubambilla, Ccoll-coraí, sigue por los linderos del Distrito de Churcapampa, cruza la carreara que va a Churcapampa, continúa por Supayhuaico hasta Toscanapampa; por 2I Este, de Toscanapampa, continúa por Huanyaco, Ccello-Orcco, Rachi-Ra-chi, Yanahocc, hasta el puente de Mayocc, sobre el río Mantaro, cruza la carretera de Huanta y sigue por el puente Pucayaco, Tumacucho, hasta una pequeña quebrada que limita con Marcas,

MANUEL PANIZO, Primer Vicepresidente de la Cámara de Diputados

CESAREO VIDALON, Senador Secretario.

ALEJANDRO NIÑO DE GUZMAN, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de Junio de mil novecientos sesentidós.

MANUEL PRADO

RICARDO ELIAS APARICIO



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos