Ley Nº 14138

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 14138

LEY N9 14138

Creando un Juzgado de Instrucción y un Juzgado de Paz Letrado, en la ciudad

de Chalhuanca.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA .

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l4—Créase un Juzgado de Instrucción yi un Juzgado de Paz Letrado, en la ciudad de Chalhuanca, capital de la Provincia de Aymaraes, del Departamento de Apurímae.

ARTICULO 29—Consígnese en el Presupuesto General de la República, las partidas necesarias para el funcionamiento de los Juzgados que se crean por esta ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidos.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VIDALON, Senador Secretario .

ALEJANDRO NIÑO DE GUZMAN, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de Junió nio de mil novecientos sesentidos.

MANUEL PRADO.

GERALDO AROSEMENA GARLAND.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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