Ley Nº 14121

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 14121

LEY N9 14121

nayo.

Nacionalizando el Colegio Particular Mixto 4‘Antonio RaimondU, de la ciu

dad de Plací

EL PRESIDENTE DE LAÍ REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9— Nacionalízase el Colegio Particular Mixto “Antonio Rai-mondi”, de la ciudad de Pacasmayo, de la Provincia del mismo nombre, el que continuará funcionando con el ciclo básico.

ARTICULO 29—Cosígnase en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su funcionamiento.

ARTICULO 39— El Ministerio de E ducación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de Diciembre de mil novecientos sesentiuno.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VID ALON, Senador Secretario .

CARLOTA RAMOS DE SANTOLA-YA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Li

ma, a los quince días del mes de junio de mil novecientos sesentidos.

MANUEL PRADO.

DARIO ACEVEDO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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