Ley Nº 14122

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 14122

LEY N9 14122

Dando el carácter de Colegio Nacional al Colegio Municipal Mixto de la ciudad de Guadalupe, provincia de Pacasmayo, y el que se denominará “Colegio Nacional Mixto de Guadalupe”.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1®— Dése el carácter de Colegio Nacional al Colegio Municipal Mixto de la ciudad de Guadalupe, de la Provincia de Pacasmayo, del Departamento de La Libertad, el que continuará funcionando con el ciclo básico y se denominará: “Colegio Nacional Mixto de Guadalupe”.

ARTICULO 2° — Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su funcionamiento.

ARTICULO 3 9— El Ministerio de E-ducación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de Diciembre de mil novecientos sesentiuno.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON. Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VID ALON, Senador Secretario .

CARLOTA RAMOS DE S.ANTOLA-YA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de Junio de mil novecientos sesentidos.

MANUEL PRADO.

DARIO ACEVEDO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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