Ley Nº 14114

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 14114

LEY N9 14114

Adjudicando en propiedad al Club Sport I>os de Mayo de la ciudad de Iquitos, un lote de terreno de 40,000 m2., para la

construcción de su estadio.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9— Adjudícase en propiedad, y a título gratuito, al Club Sport Dos de Mayo de la ciudad de Iquitos. reconocido oficialmente un lote de cuarenta mil metros cuadrados (40,000.00 m2), dentro del terreno no urbanizado de propiedad del Estado y de libre disposición, situado entre la quebrada Miguencia, los terrenos de la fábrica ladrillera del Estado y la urbanización proyectada en la parte Norte de la ciudad, para que lo destine a la construcción de su Estadio.

ARTICULO 29— El lote de terreno que se adjudica no podrá ser aplicado a otro fin que el señalado en el artículo anterior, ni podrá ser motivo de ninguna operación que signifique su posesión por un tercero, en cuyo caso, revertirá la propiedad al Estado, sin que éste quede obligado, por ningún motivo a indemnización alguna.

ARTICULO 3— El Poder Ejecutivo dictará las disposiciones convenientes para el cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de Diciembre de mil novecientos sesentiuno.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE* Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VIDALON, Senador Secretario .

ALEJANDRO NIÑO DE GUZMAN, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República .

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de Junio de mil novecientos sesentidos.

MANUEL PRADO.

ALEX ZARAK RISI.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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