Ley Nº 14028

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 14028

LEY N9 14028

Creando un Instituto Nacional de Educación Física, en la ciudad de Piura, capital de la Provincia y Departamento

del mismo nombre.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA .

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9— Créase un Instituto Nacional de Educación Física, en la ciudad de Piura, capital de la Provincia y Departamento del mismo nombre, el mismo que tendrá carácter regional y se organizará y funcionará de acuerdo con las disposiciones que rigen a su similar de 1 '• Capital de la República.

ARTICULO 29 — Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su funcionamiento t

Artículo 39— El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los trece días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidos.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

MANUEL PANIZO ORTIZ, 1er. Vicepresidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VID ALON, Senador Secretario .

CARLOTA RAMOS DE SANTOLA-

YA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciseis días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidos.

MANUEL PRADO.

DARIO ACEVEDO.

♦ *



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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