Tipo de Norma: Ley
Número: 13981
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13981LEY N9 18981
Creando el Distrito de LA MOLINA, en la Provincia de Lima, Departamento del
mismo nombre.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1*—Créase el Distrito de LA MOLINA, en la Provincia de Lima, del Departamento de Lima, cuya capital será el pueblo del mismo nombre.
ARTICULO 2—Los límites del Distrito que se crea por esta ley, serán los siguientes: por el Norte, una línea que partiendo del kilómetro diez en el camino que va de la Carretera Central a Hua-rochirí, pasando por La Molina, llega a los hitos 337 y 477 en la hacienda Melgarejo, hasta el hito 663 en el cerro de Puruchuca, siguiendo hasta la cumbre de cerro Candela en el hito 902; por el Este del hito 902 en la cumbre de cerro Candela, continúa la línea hasta el Portachuelo de Manchay; por el Sur, la línea sigue por las cumbres de los cerros Tres Cumbres, Colorado y Tal-derías de San Franscisco; y por el Oeste, prosigue la línea por los cerros Cen tíñela, La Molina y la Gallinacera y los Linderos actuales del fundo La Molina Vieja, hasta el kilómetro diez en el camino que va de la Carretera Central a Huarochirí , lugar donde comenzó esta delimitación.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidos.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON,
Presidente del Senado.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.
CESAREO VIDALON, Senador Secretario.
ALEJANDRO NIÑO DE GUZMAN, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidos.
MANUEL PRADO.
*
RICARDO ELIAS APARICIO.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.