Tipo de Norma: Ley
Número: 13976
documento PDF
13976LEY N9 13976
El Congreso ha dado la ley siguiente:
Autorizando al Poder Ejecutivo para e-fectuar transferencia ée partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio' del Presupuesto General de la República, hasta por la suma de S¡/. 200.000.00.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar la siguiente transferencia de partidas en el Pliego de Hacienda y Comercio, del Presupuesto General de la República, en vigencia, hasta por la suma de Doscientos mil soles oro (S/o. 200.000.00).
De
la Partida N9
i,
Cap. I .
99
99
99
2,
Cap. I .
99
99
99
3,
Cap. I .
99
99
99
4,
Cap. I .
99
99
99
8,
Cap. I .
99
99
99
9,
Cap. I .
99
99
99
12,
Cap. I .
99
99
99
1‘4,
Cap. I .
99
99
99
15,
Cap. I .
A
la Partida N9
120,
Cap. IV .
SA 13,000.00 „ 12,000.00 „ 25,000.00
„ 3,000.00
„ 35,000.00
„ 10,000.00
„ 25,000.00
„ 5,000.00
„ 72,000.00
S/. 200,000.00
TOTALES.....S/. 200,000.00 S/. 200,000.00
Comuniqúese al Poder Ejecutivo pare su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintinueve días del mes de Enero de mil novecientos sesentidos.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.
CESAREO VIDALON, Senador Secretario.
ALEJANDRO NIÑO DE GUZMAN, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
♦
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de Febrero de mil novecientos sesentidos.
MANUfEL PRADO.
ALEX ZARAK RISI.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.