Ley Nº 13848

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 13848

RESOLUCION LEGISLATIVA

LEY N< 13848

Aprobando los Decretos Supremos sobre Créditos Suplementarios por la suma de S/o. 296*469,707.11 y Transferencias de Partidas por un monto de S/o. 87*905, 329.90, correspondientes al ejercicio presupuesta! de 1960.

Lima, 11 de Enero de 1962.

Señor:

El Congreso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30o., de la Ley Orgánica de Presupuesto No. 4598, ha resuelto aprobar los Decretos Supremos sobre Créditos Suplementarios por la suma de doscientos noventiséis millones cuatrocientos sesentinueve mil setecientos siete soles oro y once centavos (S/. 296*469,707.11) y transferencias de partidas por un monto de ochentisiete millones novecientos cinco mil trescientos veintinueve soles oro y noventa centavos (S/. 87*905,329.90), correspondientes al ejercicio presupues-tal de 1960, expedidos durante el receso del Congreso, desde el 25 de noviembre de 1960 al 29 de marzo de 1961, que el Poder Ejecutivo sometió a la consideración de las Cámaras Legislativas, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos números 17o., 18o. y 30o. de la indicada ley.

Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.

Dios guarde a Ud.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VID ALON, Senador Secretario .

CARLOTA RAMOS DE SANTOLA-YA, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

Lima, 12 de Enero de 1962.

Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.

MANUEL PRADO.

ALEX ZARAK RISI.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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