Tipo de Norma: Ley
Número: 13847
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13847RESOLUCION LEGISLATIVA
LEY N* 13847
Aprobando el Decreto Supremo N D-S-13, por el que se autoriza abrir un Crédito Suplementario por la suma de S/o. 41’000,000.00, a fin de habilitar
las partidas que se indica.
Lima, 11 de Enero de 1962.
Dios guarde a Ud.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.
Señor:
CESAREO VIDALON, Senador Secretario .
El Congreso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30o., de la Ley
Orgánica de Presupuesto No. 4598, ha resuelto aprobar el Decreto Supremo tfo. D—S—13, de 26 de mayo de 1961, expedido durante el receso del Congreso, por el que se autoriza abrir un Crédito Suplementario por la suma de cuarentiún millones de soles oro (S/.
41'000,000.00), a fin de habilitar las
partidas números 1030, 1040, 1041, 1113, 1129 y 1133, del Pliego de Educación Pública, del Presupuesto General de la República de 1961.
CARLOTA RAMOS DE SANTOLA-YA, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
Lima, 12 de Enero de 1962.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
MANUEL PRADO.
ALEX ZARAK RISI.
Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.