Ley Nº 13720

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 13720

Al señor Presidente Constitucional de la República.

LEY N 13720

POR TANTO:

Elevando a la categoría dé Ciudad el pueblo de Huancapi, capital de la Provincia de Víctor Fajardo, del Departa-mentó de Ayacuclio.

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima» a los once días del mes de noviembre de mil novecientos sesentiuno.

MANUEL PRADO.

EL PRESIDENTE DE LA REPU BLICA.

POR CUANTO:

RICARDO ELIAS APARICIO.

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9—Elévase a la categoría de Ciudad el pueblo de Huancapi, capital de la Provincia de Víctor Fajardo, del Departamento de Ayacucho, con motivo de la celebración del Cincuentenario de la creación de la Provincia de Víctor Fajardo, que tuvo lugar el 14 de noviembre de 1910.

ARTICULO 29—El Ministerio de Gobierno y Policía queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los siete días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y uno.

ENRIQUE MART1NELLI TIZON,

Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VID ALON, Senador Secretario.

ALEJANDRO NIÑO DE GUZMAN, Diputado Secretario.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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