Tipo de Norma: Ley
Número: 13717
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13717LEY N* 13717
Adjudicando en propiedad y a título gra tuito, el terreno para la construcción de un Hogar Clínica, a los Hermanos Hospitalarios de San Juan de Dios.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1^—Adjudícase en propiedad y a título gratuito a los Hermanos Hospitalarios de San Juan de Dios,
el terreno que les fue cedido por Resolución Suprema, expedida por el Ramo de Hacienda, con fecha 16 de noviembre de 1955, para la construcción de un Hogar Clínica.
ARTICULO 29—En caso de que la mencionada Orden diese aplicación distinta al terreno que se le adjudica por esta ley revertirá la propiedad al dominio del Estado, sin derecho a indemnización alguna, por ningún concepto.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintidós días del mes de setiembre de mil novecientos sesentiuno.
ENRIQUE MARTI NELLI TIZON, Presidente del Senado.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.
CESAREO VIDALON, Senador Secretario.
CARLOTA RAMOS DE SANTOLA-YA, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de noviembre de mil novecientos sesentiuno.
MANUEL PRADO.
PEDRO BELTRAN.
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.