Tipo de Norma: Ley
Número: 13698
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13698LEY N9 13698
Autorizando a la Universidad Nacional del Cuzco, para contratar uno o mas préstamos con la Caja de Depósitos y Consignaciones, hasta por la cantidad
de S/o. TODO,000.00.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente del Congreso.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9 — Autorízase a la Universidad Nacional del Cuzco, para contratar uno o más préstamos con la Caja de Depósitos y Consignaciones o con otra entidad de crédito, hasta por la cantidad de siete millones de soles oro (S/o. 7’000,000.00).
La totalidad de la suma que se obtenga en préstamo al amparo de esta ley, será aplicada a la construcción de
nuevos pabellones en el local universitario ubicado en Perayoc.
ARTICULO 29— El tipo de interés no excederá del doce por ciento (12%) anual al rebatir; y el plazo de amortización podrá ser hasta de ocho años.
ARTICULO 39—La Universidad Nacional del Cuzco garantizará el préstamo ó préstamos que contraiga con las rentas que percibe por concepto de impuestos a las sucesiones.
La entidad recaudadora podrá retener las cantidades necesarias para el
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.