Ley Nº 1369

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Tipo de Norma: Ley

Número: 1369


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 01369

Ley Nr 1369

Desagüe del puerto de Ancón

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por (Míanto el Congreso he. dado la ley siguiente:

El Congreso de la República Peruana.

Ha dado la ley siguiente:

Artículo único.—Votase por una vez, en el presupuesto departamental de Lima, la suma de quinientas libras, destinada á la terminación de la obra de desagüe del puerto de Ancón.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario íi su cumpli-

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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