Tipo de Norma: Ley
Número: 1369
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01369Ley Nr 1369
Desagüe del puerto de Ancón
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Por (Míanto el Congreso he. dado la ley siguiente:
El Congreso de la República Peruana.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo único.—Votase por una vez, en el presupuesto departamental de Lima, la suma de quinientas libras, destinada á la terminación de la obra de desagüe del puerto de Ancón.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario íi su cumpli-
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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.