Tipo de Norma: Ley
Número: 13676
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13676RESOLUCION LEGISLATIVA
N9 13676
Autorizando ai Sr. Presidente de la República Dr, Manuel Prado, pueda salir del territorio nacional y por un plazo de quince días, con motivo de la invitación formulada por el Excelentísimo Sr. Pre sidente don Janio Cuadros y el Gobierno de los Estados Unidos del Brasil
por un plazo de quince días, quedando la función Presidencial propia de los diversos asuntos inherentes a La vida administrativa de la Nación, a cargo del Primer VIce-Presi den te de la República o del Segundo si aquél se hallara impedido.
Lo comunicamos a usted, para su conocimiento y demás fines.
Lima, 5 de Julio de 1961
Señor:
El Congreso, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el articuló 1529 de la Constitución Política del Estado, ha resuelto autorizar al señor Presidente de la República, doctor Manuel Prado, para que, en ejercicio de la función presidencial y de acuerdo con lo determinado en el artículo 1349 y en el inciso 1 del artículo 1549 de la misma Carta Política, pueda salir del territorio nacional, con motivo de la invitación formulada por el Excelentísimo señor Presidente don Janio Cuadros y el Go-bienio de los Estados Unidos del Rra sil, cuando así lo considere oportuno y
Dios guarde a Ud.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente del Congreso.
VICTOR A. VIVAR, Senador Secretario del Congreso.
ESTEBAN HIDALGO SANTILLAN, Diputado Secretario del Congreso.
Lima, 27 de julio de 1961.
Cúmplase, comuniqúese, regístrese, publíquese y archívese.
MANUEL PRADO.
RICARDO ELIAS APARICIO
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.