Tipo de Norma: Ley
Número: 13660
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13660LEY N* 13660.
Creando el Distrito de Ite, en la Provincia de Tacna, del Departamento del mismo nombre.....
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRjESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO i9— Créase el Distrito de lte, en la Provincia de Tacna, del Departamento del mismo nombre, cuya capital será el pueblo de igual denominación.
ARTICULO 2*— El Distrito de Ite tendrá como anexo los siguientes caseríos: Candara, Ite Talamolle, Alfarillo, y la Sopladera.
ARTICULO 39— Los límites del nuevo Distrito serán los siguientes: por el Norte, la Quebrada honda e Icuy, límite actual de los Departamentos de Tacna y Moquegua; por el Este, la carretera Taena-Ilo, en el sector que comienza en la Quebrada Honda y termina en el punto en que ingresa al Distrito de Las Yaras; por el Oeste, el Océano Pacífico;
y por el Sur, el límite actual entre los Distritos de Locumba y Las Yaras.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del mes de abril de mil novecientos sesenta y uno.
ALBERTO CHAPARRO MELEN-DEZ, Primer Vice—Presidente del Senado.
ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.
EDUARDO BATTIFORA VILLA, Senador Secretario.
JUVENAL PEZO BENAVENTE, Di-
A1 señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cúmpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días el mes de junio de mil novecientos sesentiuno.
MANUEL PRADO.
RICARDO ELIAS APARICIO
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.