Tipo de Norma: Ley
Número: 13629
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13629LEY N6 13629
Autorizando al Poder Ejecutivo para celebrar una o más operaciones de crédito, hasta por la suma de S/o. 500,000,090.00, para llevar adelante la construcción y el equipamiento de nuevos hospitales*
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
Eí Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9— Autorízase al Poder Ejecutivo para que celebre una o más operaciones de crédito, en el país o en el extranjero, con destino a financiar, por intermedio del Fondo Nacional de Salud y Bienestar Social, hasta la suma de Quinientos millones de soles oro (S/o. 500’000.000.00), o su equivalente en moneda extranjera, a fin de llevar adelante en los próximos dos años, la construcción y el equipamiento de nuevos hospitales, así como la refacción y el reacondicionamiento de los hospitales existentes, según las prioridades que el Poder Ejecutivo establecerá.
ARTICULO 29 — La autorización a que se refiere eL artículo anterior comprende la construcción y equipamiento de nuevos hospitales en Cuzco, Puno, Ayacucho, Huánuco, Sullana, Tumbes, Huaraz, Abancay, Trujillo, Chachapoyas, Caj amarca, Huancavelica y la Provincia Constitucional del Callao; la construcción y equipamiento de Postas Médicas en las capitales de todas las provincias que carezcan de este servicio; y la refacción y reacondicionamiento de los
hospitales existentes en Paita, Piura, Lambayeque, Chiclayo, Chota, Rodríguez de Mendoza, Moyobamba, Tarapo-to, Iquitos, Requena, Confamana, Pucall-pa, Yurimaguas, Caballococha, La Unión, Cerro de Pasco,* Huanchaco, Huamachu-co, La Fora, Carhuaz, Caraz, Yungay, Huaraz, Casma, Chimbóte, Barranca, Huacho, Matucana, Cañete, Chosica, La Merced, Jauja, Huancayo, Chincha, Pisco, lea, San Miguel, La Mar, Puquio, An~ dahuaylas, Abancay, Quillabamba, Cuzco, Sicuani, Camaná, Moliendo, Aplao,
Chuquibamba, Chivay, Moquegua, Puno, Juliaca, Azángaro, Ayaviri, Puerto Maldonado, Cotahuasi, Caravelí, Yana-huanca y Oxapampa. La citada autorización comprende, igualmente, la ampliación y la mejora del Hospital del Niño que funciona en Lima.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.