Ley Nº 13619

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 13619

Tipo de Norma: Ley

Número: 13619


Visualización de la norma: Ley 13619



Descargar Ley 13619 en PDF -

documento PDF

 13619

LEY N* 13<U9

Declarando de necesidad y utilidad pü* blicas la construcción del tramo carro tero Sócota San AndrésSanto Tomás-

Pim pin eos - Cabi co.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO 1— Daclárase de necesidad y utilidad públicas la construcción del tramo carretero Sócota-San Andrés-Santo Tomás-Pimpincos-Cabico,

ARTICULO 29— El Ministro de Fomento y Obras Publicas queda encargado de ejecutar en forma preferencial, dentro del Plan Vial de Carreteras, los trabajos necesarios para la construcción de la carretera a que se refiere el artículo anterior.

Comuniqúese a Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los veintiséis días del imes de Octubre de mil

novecientos sesenta,

ALBERTO ARCA PARRO, Presidente del Senado.

ARMANDO DE LA FLOR VALLE, Presidente de la Cámara de Diputados.

EDUARDO BATIFFORA VILLA, Senador Secretario.

JUVENAL PEZO BENAVENTE, Diputado Secretario.

AI señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa ,de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos sesentiimo.

MANUEL PRADO.

JORGE GRIEVE.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos