Tipo de Norma: Ley
Número: 13530
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13530LEY N9 13530
Prorrogando hasta el mes de marzo del año en curso, los efectos de la Ley N9
13480.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR GUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente
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CA PERUANA.
lia dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO. — Prorrógase para el mes de marzo del año en cuto» los efectos de la Ley N9 13480.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero de
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.