Tipo de Norma: Ley
Número: 13513
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13513LEY N 13513
Modificando ei inciso “c” del Artículo
1® de la Ley N 13311.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.
POR CUANTO:
El Congreso lia dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLI-
CA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO 1— Modifícase el inciso “e” del artículo 1* de la Ley N* 13311, fijándose la cuota en el uno y medio por ciento (1‘. 5%) de los ingresos brutos obtenidos en el mismo mes.
ARTICULO 29— Derógase las leyes y demás disposiciones que se oponen a la presente Ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.