Ley Nº 13437

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 13437

LEY Nn 13437

Declarándose Monumento Artístico Nacional el Templo Colonial de Andahuai-lillas, de la Provincia de Quispicanchi. del Departamento del Cuzco.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA,

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Declárase Monumento Artístico Nacional el Templo Colonial de Andahuailillas, de la Provincia de Quispicanchi, del Departamento del Cuzco, sujeto a la tutela del Consejo Nacional de Conservación y Restauración de Monumentos Históricos y Artísticos.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cuatro días de mes de febrero de mil novecientos sesenta.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS,

Presidente de la Cámara de Diputados,

PEDRO A. DEL AGUILA HIDALGO, Senador Secretario,

MANUEL B. MONTESINOS, Diputado Secutaría.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POPv TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de setiembre de mil novecientos sesenta.

MANUEL PRADO.

ALFREDO PARRA CARREÑO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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