Tipo de Norma: Ley
Número: 13423
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13423LEY N* 13423
Elevando a la categoría de pueblo, el caserío dle Santa Cruz de Pacte, del Distrito de Marco, de la Provincia de
Jauja.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO UNICO.— Elévase a la categoría de pueblo, el caserío de Santa Cruz de Pacte, perteneciente al Distrito de Marco, de la Provincia de Jauja, del Departamento de Junín.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, ^ los treinta días del mes de enero de mil novecientos sesenta.
ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.
JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.
PEDRO A. DEL AGUILA HIDALGO, Senador Secretario.
MANUEL B. MONTESINOS, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpia.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de abril de mil novecientos sesenta.
MANUEL PRADO.
CARLOS CARRILLO SMITH.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.