Ley Nº 13290

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 13290

LEY N 13290

Creando en el Distrito de Goyllarisquiz ga, de la Provincia de Daniel ( anión, un/ Colegio Nacional de Valones que se denominará “Evaristo San Cristóbal y

León”.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA .

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

lia dado la ley siguiente:

ARTICULO l9—Créase en el Distrito de Goyllarisquizga, de la provincia de Daniel Cardón, del Departamento de Pasco, un Colegio Nacional de Varones, el que se denominará “Evaristo San Cristóbal y León”, y funcionará solamente hasta el primer ciclo secundario.

ARTICULO 29— Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su funcionamiento .

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diecisiete días del mes de Diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.

PEDRO A. DEL AGUILA HIDALGO, Senador Secretario.

MANUEL B. MONTESINOS, Diputa Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenti-nueve.

MANUEL PRADO.

JOSE RUBIO.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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