Ley Nº 13289

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 13289

LEY N* 13289

Disponiendo que no podrán volver a la Situación de Actividad “En Cuadros” y pasarán ai Retiro, los Oficiales de la Guardia Civil que hayan permanecido, más de tres años consecutivos* en la Situación de Actividad “Fuera de Cuadros”.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA .

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO. —No podrán volver a la Situación de Actividad “En Cuadros” y pasarán al Retiro, los Oficiales de la Guardia Civil que hayan permanecido, más de tres años consecutivos, por cualquier causa o motivo, en la Situación de Actividad “Fuera de Cuadros”. El pase a la Situación de Retiro se producirá automáticamente al cumplirse el término señalado.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y nueve.

ENRIQUE MARTINELLI TIZON, Presidente del Senado.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.

PEDRO A. DEL AGUILA HIDALGO, Senador Secretario.

MANUEL B. MONTESINOS, Diputado Secretario.

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de diciembre de mil novecientos cincuen-tinueve.

MANUEL PRADO.

CARLOS CARRILLO SMITH



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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