Ley Nº 13191

Visualice o descargue la versión PDF de la ley número 13191

Tipo de Norma: Ley

Número: 13191


Visualización de la norma: Ley 13191



Descargar Ley 13191 en PDF -

documento PDF

 13191

LEY N° 13191

Creando la Federación Deportiva Militar, la que tendrá por representación a las Fuerzas Armadas de la República ante la Unión Deportiva Militar Sud-

A me ric ana.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTÍCULO l9 — Créase la Federación Deportiva Militar del Perú, la que tendrá la representación de las Fuerzas Armadas de la República ante la Unión Deportiva Militar Sud Americana.

ARTICULO 29— La Federación Deportiva Militar del Perú, se encargará de planificar, dirigir, reglamentar y fiscalizar las competencias deportivas entre los Institutos Armados del Perú, así como asesorar a los Ministerios de Guerra, de Marina y de Aeronáutica, en todo lo que se refiere a Educación Física y Deportes entre Militares.

ARTICULO 39— La Federación Deportiva Militar del Perú, estará bajo la supervigilancia del Ministerio de Guerra, al que le corresponderá la Presidencia Honoraria, y a los Ministerios de Marina y de Aeronáutica las Vice-Pre-sidencias Honorarias y estará integrada por el personal siguiente:



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


Este sitio usa imágenes de Depositphotos