Ley Nº 13179

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 13179

LEY N 13179

Creando un Segundo Juzgado de Primera Instancia en la Provincia de Pacas-

mayo.

EL PRESIDENTE DE LA REPU-CA PERUANA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos cincuentiocho.

RODRIGO FRANCO GUERRA, Presidente del Senado.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VIDALON, Senador Secretario.

JORGE R. AREVALO, Diputado Secretario.

ARTICULO U— Créase un Segundo Juzgado de Primera Instancia en la Provincia de Pacasmayo, del Departamento de La Libertad.

ARTICULO 29— Créase, asimismo, un Segundo Juzgado de Instrucción en la mencionada Provincia de Pacasmayo.

ARTICULO 39 — Consígnese en el Presupuesto General de la República las partidas necesarias para el cumplimiento de la presente ley.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lina, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos cincuentinueve.

MANUEL PRADO

ULISES MONTO YA MANFREDI.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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