Ley Nº 13172

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 13172

LEY N9 13172

Creando un Juzgado de Paz Letrado en

la ciudad de Sultana-

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA.

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguien-

te:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9—Créase en la Provincia de Sullana, del Departamento de Piura, un Juzgado de Paz Letrado, con sede en la ciudad de Sullana.

ARTICULO 29—Consígnese en el Presupuesto General de la República, la partida necesaria para su funcionamiento;

ARTICULO 39—El Ministerio de

i

Justicia y Culto qüeda encargado del cumplimiento dé la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y ocho.

RODRIGO FRANCO GUERRA, Presidente del Senado.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VIDALON, Senador Secretario.

ATILIO SIVIRICHI T.APIA, Diputado Secretario.

.Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

«

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos cincuentinueve.

MANUEL PRADO.

ULISES MONTOYA MANFREDI.

* *



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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