Ley Nº 13171

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 13171

LEY N9 13171

Creando un Juzgado de Menores en la

ciudad de Huánuoo.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA*

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA.

Ha dado la ley siguiente;

ARTICULO l9—Créase un Juzgado de Menores en la ciudad de Huánuco, capital del Departamento y de la Provincia del mismo nombre.

ARTICULO 29—Consígnese en el Presupuesto General de la República, las partidas necesarias para los habe- , res de un Juez de Menores, de un Secretario del Juzgado que se crea y para los demás gastos que requiere su sostenimiento.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima ,a los diez días del mes de mayo de mil novecientos cincuentiocho.

ENRIQUE TORRES BELON, Presi-sidente del Senado.

PEDRO L. REPETTO, 29 Vice-Presi-dente de la Cámara de Diputados.

JORGE EUGENIO CASTAÑEDA, Senador Secretario.

HERNAN MONSANTE RUBIO, Diputado Secretario.

.Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos cincuentinueve.

MANUEL PRADO.

ULISES MONTOYA MANFREDI.

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(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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