Ley Nº 13028

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 13028

LEY N9 13028

Transferencia a la Partida No. 37 en el

Pliego de Trabajo y Asuntos Indígenas,

del Presupuesto General.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLL CA PERUANA

De la Partida N9 3, Cap. I . .

De la Partida N9 4, Cap. 1 . .

De la Partida N9 5, Cap. I . .

A la Partida N9 37, Cap. IV

TOTALES ..........

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y ocho.

RODRIGO FRANCO GUERRA, Presidente del Senado.

JAVIER ORTIZ DE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados.

CESAREO VIDALON, Senador Secretario.

JORGE R. AREVALO, Diputado Secretario.

lia dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.—Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar las siguientes transferencias de partidas en el Pliego de Trabajo y Asuntos Indígenas, del Presupuesto General de la República, en vigencia, hasta por la suma de cincuentinueve mil doscientos cuarenta soles oro (S/o. 59,240.001;

. S/o. 50,000.00

6.740.00

2.500.00 59,240.00

= 59,240.00

S/o. 59,240.00

S/o. 59,240.00

Al señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos cincuentiocho.

MANUEL PRADO.

LUIS GALLO PORRAS.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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