Ley Nº 13005

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Número: 13005


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 13005

LEY N 13005

Creando un Colegio Nacional de Según da Enseñanza para Mujeres en la ciu

dad die Tarapoto.

EL PRESIDENTE DE LA REPU BLICA

POR CUANTO:

ENRIQUE TORRES BELON, Presidente del Senado.

CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.

JORGE EUGENIO CASTAÑEDA, Se-

nador Secretario.

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO lfy— Créase un Colegio Nacional de Segunda Enseñanza para Mujeres, en la ciudad de Tarapoto, capital de la Provincia de San Martín, del Departamento del mismo nombre.

ARTICULO 29 — El citado Colegio tendrá las Secciones de Primaria, Secundaria y Comercial y funcionará en el local que actualmente ocupa la Escuela de Segundo Grado de Mujeres N-.; 215, en la mencionada ciudad.

RAMON ABASOLO RAZURI, Diputado Secretario.

Al Señor Presidente Constitucional de la República.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de mayo de mil novecientos eincuentiocho.

MANUEL PRADO.

JORGE BASADRE.

ARTICULO 39 — Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su instalación y

funcionamiento.

ARTICULO 4^— El Ministerio de E-ducación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los seis días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y ocho.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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