Ley Nº 12959

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Número: 12959


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 12959

LEY N9 12959

Señalando nuevas tarifas postales para el correo nacional eomo internacional.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLI

CA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO l9— A partir de la promulgación de esta ley, las tarifas postales, tanto para el correo nacional como internacional, serán las siguientes:

Cartas.—Por el primer peso de veinte gramos.............

S/o.

0.50

0.30

99

0.30

99

0.60

99

0.20

99

0.10

Sin

tasa.

S/o.

0.20

99

0.10

99

0.20

99

0.10

99

1.50

99

2.00

„ Por cada veinte gramos adicio nales...............

Tarjetas Postales sencillas............................

,, „ con respuesta pagada....................

Papeles de Negocios, por el primer peso de cincuenta gramos .. . „ ,, por cada cincuenta gramos adicionales ..

Impresiones en relieve para uso de ciegos.................

Impresos.—Por el primer peso de cincuenta gramos.........

„ Por cada cincuenta gramos adicionales...........

Muestras de Mercaderías, por el primer peso de cincuenta gramos „ „ „ por cada cincuenta gramos adicionales

Encomiendas: Costa y Sierra, por cada un mil gramos o fracción

,, Departamentos de Amazonas, San Martín, Loreto y

Madre de Dios por cada un mil gramos o fracción . .

VIA AEREA:

Vía de Superficie:

A las tasas ordinarias anteriores se agregará la sobre tasa aérea de acuerdo al costo de transporte aéreo.

Servicios Internacional.— Tasas Ordinarias.

Países de la Unión Postal de las A-méricas y España:

Las mismas tarifas del Servicio Nacional según las disposiciones del convenio de dicha Unión.

Países de la Unión Postal Universal;

S/o.

0.60

99

0.40

99

0.40

99

0.80

Sin

tasa.

S/o.

0.30

9 9

0.20

99

0.30

V

0.20

99

0.30

9 9

0.20

Cartas.—Por el primer peso de veinte gramos.............

„ Por cada veinte gramos adicionales...............

Tarjetas Postales sencillas............................

„ „ con repuesta pagada....................

Impresiones en relive para uso de ciegos.................

Impresos.—Por el primer peso de cincuenta gramos.........

,, Por cada cincuenta gramos adicionales...........

Papeles de Negocios, por el primer peso de cincuenta gramos . . .

„ „ por cada cincuenta gramos adicionales ..

Muestras de Mercaderías, por el primer peso de cincuenta gramos „ „ „ por cada veinte gramos adicionales ..

Encomiendas Internacionales.

Se establecerá la tasa según el destino, de acuerdo con las disposiciones de los Convenios de la Unión Postal de las A-niéricas y España y de la Unión Postal Universal.

VIA AEREA.

A las tasas ordinarias anteriores se agregará la sobre tasa aérea, de acuerdo al costo de transporte y las distancias neropostales, desde el punto de origen a destino, establecidas o que establezcan los Convenios Postales Internacionales.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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