Tipo de Norma: Ley
Número: 1295
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01295LEY H9 3295
Recaudación del impuesto
que grava la importación de harinas en Arequipa
EL PRESIDENTA DE IA REPUBLICA
Por cuanto el Congreso lia dado la ley siguiente:
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1 La Universidad de San Agustín y el Colegio Nacional de la Independencia de Arequipa, podrán administrar por sí, el impuesto que grava la importación de harinas, creado por ley de 26 de octubre de 1S86; quedando facultados los referidos institutos para verificar el cobro de ese arbitrio, ya sea por medio de contrato celebrado con una sociedad recaudadora que preste las debidas garantías; ya sacándolo á re-\r«. r.np ilp nronuestas cerra-
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.