Tipo de Norma: Ley
Número: 12874
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12874LEY Np 12874
Autorizando al Concejo Distrital de Be-llavista, para que a título gratuito, adjudique en propiedad, a la Compañía Nacional de Bomberos Callao N9 5, el lote de terreno, signado con la letra N, sito
en la .calle de Heros.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente :
EL CONGRESO DE LA REPUBLI
CA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO lo.—Autorízase al Concejo Distrital de Bellavista, de la Provincia Constitucional del Callao, para que, a título gratuito, adjudique en propiedad, a la Compañía Nacional de Bomberos Callao No. 5, el lote de terreno de su dominio, signado con la letra “N”, con un área de doscientos ochentiocho metros cuadrados y cincuenta decímetros cuadrados, sito en la calle de He-ros del indicado Distrito.— La mencionada Compañía de Bomberos destinará el lote de terreno que se le adjudica a la construcción de su local; no pudiendo enajenarlo ni darle destino diferente.
ARTICULO 2o.—Exonérase del pago de los impuestos fiscales y de los derechos de Registro que afecten la adjudicación que se autoriza por la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los diecinueve días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y siete.
ENRIQUE TORRES BELON, Presidente del Senado.
CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.
JORGE EUGENIO CASTAÑEDA, Senador Secretario.
HERNAN MONSANTE RUBIO, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de
la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenti-siete.
MANUEL PRADO.
JORGE FERNANDEZ STOLL.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.