Ley Nº 12850

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Número: 12850


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 12850

LEY N9 12850

Dando fuerza de ley a la Resolución Su^ prema N9 113, expedida por el Ramo de Gobierno ,que autorizó al Concejo Provincial de Piura para vender un terreno de su propiedad a la Caja de Depósitos

y Consignaciones.

JORGE EUGENIO CASTAÑEDA, Senador Secretario.

RAMON ABASOLO RAZURI, Diputado Secretario del Congreso.

BLICA

LA REPU-

A1 señor Presidente Constitucional de la República.

POR CUANTO:

POR TANTO:

El Congreso ha dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

lia dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Dáse fuerza de Ley a la Resolución Suprema N9 113, de fecha l9 de junio de 1956, expedida por el Ramo de Gobierno, que autorizó al Concejo Provincial de Piura para vender el terreno de 5,239 m de su propiedad, directamente a la Caja de Depósitos y Consignaciones, Departamento de Recaudación, con sujeción a las condiciones específicamente fijadas en la mencionada Resolución.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los diez días del mes de octubre de mil novecientos cincuentisiete.

— se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de octubre de mil novecientos cincuentisiete.

MANUEL PRADO.

JORGE FERNANDEZ STOLL.

*

❖ *

ENRIQUE TORRES BELON, Presidente del Senado.

CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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