Ley Nº 12848

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 12848

LEY N 12848

Segregando del Distrito de Heroínas Toledo de la Provincia de Concepción, de

Junín el anexo denominado Chiccha.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso lia dado la ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA

Ha dado la ley siguiente:

ARTICULO UNICO.— Segregase del Distrito de Heroínas Toledo, de la Provincia de Concepción, del Departamento de Junín, el anexo denominado Chic-cha, el cual pasará a formar parte del Distrito de Apata, de la Provincia de Jauja, del mismo Departamento.

Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.

Casa del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre de mil novecientos cineuentisiete.

ENRIQUE TORRES PELON, Presidente del Senado.

CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.

JORGE EUGENIO CASTAÑEDA, Senador Secretario.

HERNAN MONSANTE RUBIO, Diputado Secretario.

POR TANTO:

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Mando se publique y cumpla.

Dado en Ta Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de octubre de mil novecientos cineuentisiete.

MANUEL PRADO.

JORGE FERNANDEZ STOLL.

*

* *

Al señor Presidente Constitucional de la República,



(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.


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