Tipo de Norma: Ley
Número: 12693
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12693LEY N9 12693
Autorizando al Concejo Provincial de Chiclayo para adjudicar en propiedad a título gratuito un lote de terreno a la Congregación religiosa de San José de Tarbes, para edificar en él su locar escolar,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9— Autorízase al Concejo Provincial de Chiclayo para adjudicar en propiedad, a título gratuito, a la Congregación de San José de Tarbes, un lote de los terrenos de la Quinta Bar-sallo, que la Ley N9 11751 le autorizó a vender, con el fin de que la mencionada Congregación edifique el local para un Colegio en la ciudad de Chiclayo.
ARTICULO 29— En caso de que la Congregación de San José de Tarbes dé al terreno que se le adjudica aplicación distinta, revertirá la propiedad a favor del Concejo Provincial de Chiclayo, sin que éste quede obligado a satisfacer indemnización alguna por ningún concepto.
ARTICULO S9— Exonérase del pago de los impuestos fiscales y de los derechos de Registro a la adjudicación que se autoriza por la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los cinco días del mes de enero de mil novecientos cincuentisiete.
RAUL PORRAS BARRENECHEA, ler. Vice-Presidente del Senado.
CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. MARTINELLI TIZON, Senador Secretario.
ERNESTO GUZMAN, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de enero de mil novecientos cincuentisiete.
MANUEL PRADO.
JUAN PARDO HEEREN.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.