Tipo de Norma: Ley
Número: 12694
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12694LEY N9 12694
Consignando en el Presupuesto General de la República durante los años de 1957, 1958 y 1959, S/o. 100,000.00 anuales destinados a la mejor atención del Colegio Nacional de San José de Chiclayo.
EL PRESIDENTE DE LA REPU
BLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA
Ha dado la ley siguiente:
ARTICULO l9— Consígnese en el Presupuesto General de la República,, durante los años de 1957, 1958 y 1959, una partida de cien mil soles oro (S/o.
100,000.00) anuales, destinada a la ampliación y mejoramiento de la Biblioteca Escolar del Colegio Nacional de San José de Chiclayo y a la adquisición de un Laboratorio de Física y Química para el citado plantel.
ARTICULO 2— El Ministerio de E-ducación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo, para su promulgación.
Casa del Congreso, en Lima, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos cincuentiseis.
JOSE GALVEZ, Presidente del Senado .
CARLOS A. LEDGARD, Presidente de la Cámara de Diputados.
E. MARTINELLI TIZON, Senador Secretario.
ERNESTO GUZMAN, Diputado Secretario.
Al señor Presidente Constitucional de la República.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de enero de mil novecientos cincuentisiete.
MANUEL PRADO.
JORGE BASADRE.
(*) Las leyes entran en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período en todo o una parte.